INFORMACIÓN SOBRE ALÉRGENOS EN ALIMENTOS SIN ENVASAR
El 13 de Diciembre de 2014 entró en vigor el Reglamento de la UE de información al consumidor, que ha introducido grandes cambios en la información que debe de facilitar el operador alimentario a sus clientes.
Esta información debe de facilitarse en todos los establecimientos que:
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Se sirven comidas como bares, cafeterías, restaurantes y/o similares.
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Venden alimentos sin envasar o envasados a petición del consumidor, como por ejemplo fiambres, panes, sándwiches, tartas, comidas preparadas u otros alimentos a granel.
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Venden o suministran alimentos sin envasar a otros establecimientos como escuelas, hospitales, residencias de mayores, restaurantes, etc.
El desconocimiento no es una excusa. El cambio en la legislación implica que a partir del 13 de diciembre de 2014 no puede decirse que se desconocen los alérgenos presentes en los alimentos que se suministran. Tampoco estará permitido decir de forma genérica que los alimentos podrían contener algunos de los ingredientes alergénicos.
Hay 14 alérgenos a informar:
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Cereales que contengan gluten: trigo, centeno, cebada, avena, espelta, kamut o sus variedades híbridas y productos derivados.
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Crustáceos y productos a base de crustáceos.
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Huevos y productos a base de huevo.
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Pescado y productos a base de pescado.
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Cacahuetes y productos a base de cacahuetes.
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Soja y productos a base de soja.
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Leche y sus derivados incluida la lactosa.
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Frutos de cáscara: almendras, avellanas, anacardos, pacarias, nueces, nueces del Brasil, nueces de macadamia y productos derivados.
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Apio y productos derivados.
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Mostaza y productos derivados.
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Granos de sésamo y productos a base de granos de sésamo.
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Dióxido de azufre y sulfitos en concentraciones superiores a 10mg/Kg o 10mg/litro en términos de SO2 total.
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Altramuces y productos a base de altramuces.
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Moluscos y productos a base de moluscos.
Hay varias formas para facilitar la información a los consumidores. Las empresas tienen que escoger el método más adecuado para su negocio y el tipo de alimentos que sirve.
Una de las obligaciones de la empresa es mantener al personal formado e informado en materia de alérgenos.
Las empresas deben garantizar que, como mínimo, todos los empleados conocen los procedimientos de la empresa sobre la información en materia de alérgenos. Todo el personal, antes de empezar atrabajar, debería recibir formación sobre cómo informar a los consumidores sobre la presencia de alérgenos. Es responsabilidad de las empresas conocer qué ingredientes alergénicos están presentes en los alimentos que vende. Debe asegurarse que todo el personal tiene acceso a la información sobre alérgenos y que ésta se encuentra actualizada.
Los establecimientos deberán tener CARTELES que indiquen dónde se puede obtener la información sobre alérgenos.
Los carteles serán visibles y legibles, se situarán próximos a los lugares donde se venden los alimentos, como en mostradores, zonas de autoservicio, etc.….
Además las empresas pueden elaborar su PLAN DE ALÉRGENOS en forma de folletos o dossieres para consulta o entrega al consumidor con la información de los alimentos o platos que comercializan.
Nuestra información avalada por la Consejería de Sanidad y Madrid Salud puede ampliarse en el siguiente enlace.
DESDE AMER Y PARA SUS ASOCIADOS
Tenemos elaborado un plan de cursos de alérgenos y asesoramiento personalizado para las empresas asociadas durante el 2.015 con el fin de cubrir las necesidades inminentes que aparecen en nuestro sector de la hostelería.
Para más información de los cursos que se organiza en las instalaciones de AMER llamar al telf.: 91 479 77 11 (aproximadamente 2h de duración)
La formación puede ser bonificada siempre que se cumplan los requisitos exigidos por la Fundación Tripartita.
Además muchas empresas que tienen dificultades para formar a sus trabajadores en nuestras aulas, les ofrecemos la posibilidad de realizar la formación en sus instalaciones trasladándose para ello uno de nuestros técnicos especializados.
Dpto. Seguridad Alimentaria de AMER